21 Jul La participación de la mujer en el proceso de Certificación Ambiental
Escribe Nathaly Torres López / Profesora de Derecho Ambiental en la USMP
En nuestro país, lamentablemente, la mayoría de mujeres no pueden disfrutar del ejercicio pleno de sus derechos, dado a que éstos se ven limitados por aspectos sociales y culturales que generan la diferenciación de roles y tareas entre hombres y mujeres, lo cual se ve reflejado en una situación de desigualdad frente a los hombres, incrementándose así las brechas de género existentes.
Esta desigualdad de género, suele presentarse, por ejemplo, durante el proceso de certificación ambiental, en el cual se limita la participación efectiva de la mujer tanto en el proceso de elaboración y evaluación del estudio de impacto ambiental, como en el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana. Esto se ve reflejado en factores, como la falta de acceso a la información, el lenguaje no inclusivo utilizado en las distintas etapas del proceso de participación ciudadana, el no reconocimiento del dialecto predominante en los espacios de socialización de las mujeres, entre otros.
En este contexto, a fin de coadyuvar a la participación efectiva de las mujeres en la toma de decisiones, el Servicio Nacional de Certificación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (Senace) ha presentado el proyecto denominado “Lineamientos para promover la Participación de la Mujer en el Proceso de Certificación Ambiental”. Esta guía constituirá una herramienta de uso referencial y facultativo para los titulares de proyectos extractivos y productivos, así como para las consultoras ambientales, durante el proceso de certificación ambiental a cargo del Senace.
Estos Lineamientos plantean que, en las etapas de elaboración y evaluación de los Estudios de Impacto Ambiental Detallados (EIA-d), se incluya un enfoque de género, y se garantice la plena participación de las mujeres durante todo este proceso de la certificación ambiental. Al respecto, cabe precisar que, si bien el rol de la mujer en los procesos de participación ciudadana es imprescindible, éste no se encuentra reconocido en forma expresa, ni en la norma general de participación ciudadana, ni en las normas sectoriales, siendo, por ello, necesario que el titular del proyecto incluya algunas medidas o mecanismos en el Plan de Participación Ciudadana, que contribuyan a lograr la participación efectiva de las mujeres.
Sin perjuicio de ello, durante la evaluación del Plan de Participación Ciudadana, el Senace debería tener en cuenta la adopción de las siguientes medidas: supervisar la pertinencia cultural e idoneidad de los mecanismos de participación ciudadana propuestos; verificar que la metodología propuesta para el desarrollo de los mecanismos de participación ciudadana contenga el enfoque de género; verificar la justificación en torno a la fecha y horario de los mecanismos de participación ciudadana propuestos; observar si la lista de organizaciones que van a ser convocadas para los mecanismos de participación ciudadana, incluye a las organizaciones de mujeres; así como observar que para el apoyo logístico se proponga contratar mano de obra local tanto masculina como femenina.
Por todo lo expuesto, se concluye que si bien en nuestro país se evidencia aún una clara desigualdad de género entre hombres y mujeres; tenemos que reconocer que se está alcanzado un nivel de participación mucho mayor en todos los ámbitos, sobre todo en el ambiental, lo cual trae consigo iniciativas positivas como estos Lineamientos, que buscan el reconocimiento, legitimidad y participación activa de las mujeres, a fin de lograr desmontar estereotipos negativos y dañinos en una sociedad mal llamada “moderna”. Solo si se reconocen y respetan a cabalidad los derechos de las mujeres, podremos madurar como sociedad y crecer como país.
*Nathaly Torres es Abogada con Maestría en Derecho Ambiental por la Universidad Complutense de Madrid. Asimismo, es Profesora de Derecho Ambiental en la Universidad de San Martín de Porres y Abogada Asociada en Laub & Quijandría Consultores.